Asimetrías en las transacciones digitales futuras

El pasado mes de junio se aprobó la Ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, en la que se establece que la Administración no es que sólo “pueda”, sino que “debe” ofrecer todos sus servicios de manera electrónica. Sin ninguna duda, esta ley acompaña de manera definitiva al DNI electronico, y a otras opciones de certificación digital como puede ser la ACCV. No hay ninguna duda de que todas estas iniciativas pueden mejorar en mucho los trámites de los ciudadanos, pero por otro lado abren una gran cantidad de incógnitas frente a las garantías que tienen los ciudadanos al realizar trámites de manera digital, entre las que queremos destacar la asimetría de las transacciones digitales en la presentación de la declaración de Hacienda.

Recientemente muchos contribuyentes han realizado su declaración de Hacienda de manera digital a través de Internet. El proceso de presentación telemático asociado tiene visos de ser bastante completo: los usuarios deben acreditarse para obtener su certificado digital (formado por una clave pública y una privada), y la clave privada es generada por el PC particular de cada uno, con lo que este certificado digital permite que el usuario “firme digitalmente” su declaración. Todo ello a traves de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, una autoridad de certificación con en principio todas las garantías.

Hasta aquí, todo bien (en realidad, no esta bien “del todo” al ser un certificado software, pero la tecnología que le sucederá en breve como es el DNI digital, sí tiene características como para considerarse firma electrónica); el proceso en su conjunto parece que sigue técnicas en principio bastante robustas en cuanto a los aspectos de seguridad, tanto organizativa como técnicamente.

Ahora analicemos el proceso de presentación de la declaración: preparamos ésta con el programa PADRE y nos conectamos a la página web de Hacienda donde nos aparece un applet, mediante el cual firmamos digitalmente nuestra declaración, y puesto que la firma digital equivale a la firma manuscrita, esto constituye en última instancia el equivalente a la entrega de nuestra declaración firmada. Ahora sólo cabría esperar que Hacienda tambien nos firmara (o cuñara) nuestra declaración con la misma robustez como nosotros se la hemos firmado, mediante un documento firmado digitalmente por la Administración (por la aplicación) que justifique que hemos entregado nuestra declaración. No obstante, en su lugar lo unico que recibimos es un número de registro, no firmado digitalmente ni de ninguna manera: un simple número de serie.

Por ello la autentificación y firmado de la declaración se produce de una manera completamente asimétrica: mientras que el ciudadano se autentica con ciertas medidas criptográficas y de seguridad, el justificante que obtiene es técnicamente muy debil, y con evidentes riesgos sobre su validez en caso de problemas. Y esta es la principal razón de que año tras año no presente la declaración por Internet sino a través del banco, del que al menos recibo un documento cuñado por la oficina con el que demostrar que la he presentado en caso de presentarse problemas futuros, ya que este documento sellado es a mi entender bastante más robusto que un simple número.

Muchos de los lectores podrían pensar que el tema de la declaración no tiene al fin y al cabo demasiada importancia, y quizá tengan razón, ya que al fin y al cabo Hacienda también permite maneras poco robustas de aprobar borradores de declaración como puede ser a través de SMS o medios similares. Pero el problema reside en que es esta es la tecnología que viene, y esta es por tanto la asimetría con la que nos vamos a encontrar en los futuros desarrollos con firma digital, como por ejemplo el nuevo DNI; ¿se imaginan ustedes firmando un contrato con algun operador de Telecomunicaciones en el que el usuario firma el contrato digitalmente y el operador simplemente entrega una hoja para imprimir? No parece un procedimiento demasiado apropiado, ¿verdad?

A la vista de este tipo de problemas que van apareciendo, no cabe duda de que los usuarios tendremos que estar alerta ante las futuras transacciones basadas en firma digital, que seguro que con el nuevo DNI electrónico van a comenzar a surgir.

Comments

  1. En realidad, un cuño físico es facilmente falsificable, no tienes más que lucir uno en buen estado e ir a encargar uno igual.
    Lo de Hacienda no es del todo cierto, una vez presentada la declaración se genera un documento electrónico resumen del resultado de la declaración que lleva una firma digital electrónica (algo similar a un pdf firmado), con lo que si lo imprimes luce una huella digital única para cada declaración.
    Saludos,S2