Seguridad contra Seguridad

Los que nos dedicamos a Seguridad siempre hemos oído (y asumido como propio) aquello del equilibrio entre seguridad y funcionalidad: debemos conseguir una seguridad aceptable para los procesos corporativos de nuestra organización, pero al mismo tiempo sin degradar el correcto funcionamiento de dichos procesos y permitiendo que el negocio continúe; y todo esto, por supuesto, en base a los recursos de los que dispongamos y a la estrategia corporativa. Dicho de otra forma, si mi seguridad se basa en mantener siempre los sistemas críticos apagados o las puertas de mi oficina comercial cerradas permanentemente, lo más probable es que sea el más seguro… de la cola del paro.

No obstante, conforme la seguridad se ha convertido en una materia multidisciplinar en las organizaciones, en las que ya no hablamos sólo de seguridad sino que ampliamos el concepto a protección del negocio, y tocamos ramas tan dispares (¿o no?) como la seguridad legal, la continuidad del negocio, la seguridad física o la seguridad lógica, nos encontramos con que en ocasiones no sólo debemos mantener el equilibrio del que hablábamos antes (seguridad vs. funcionalidad, seguridad vs. coste) sino que además debemos anteponer en ocasiones una visión de esa seguridad frente a otras.

Imaginemos que nuestra compañía organiza unas sesiones comerciales para presentar sus nuevos productos, sesiones a las que va a acudir algún que otro VIP. Cuando desde Seguridad se solicita a Protocolo la relación de personas que van a asistir, para determinar qué medidas de protección es necesario adoptar, Protocolo nos dice que por la LOPD no puede facilitarnos esta relación (o sí que puede, pero tardará N días, cuando la sesión es dentro de N-1 días). ¿Qué hacemos? Aparte de iniciar los trámites necesarios para que no vuelva a ocurrir, tenemos dos opciones: si queremos proteger adecuadamente a las personas que acuden al evento, debemos conseguir esa lista por algún medio, y si queremos cumplir con la ley, no podemos conseguirla… En cualquier caso, el problema tiene mala solución, ¿verdad?

A diario en nuestro trabajo podemos encontrar ejemplos como el anterior. Ya no sólo se trata de garantizar la seguridad global de la organización, sino que en ocasiones se trata de anteponer una visión de la seguridad a otras; como hemos dicho, los riesgos que debemos evaluar sobrepasan muchas veces el habitual “seguridad vs. funcionalidad”. Sólo un detalle: tengamos en cuenta que la protección de personas siempre suele ser el elemento más crítico en cualquier organización (por si sirve de pista para solucionar el problema anterior ;).

Ah, podemos enlazar esta entrada con la serie acerca de Problemas LOPD, en este mismo blog… ¿o no es lo mismo?

Comments

  1. No llego a entender la causa por la que la LOPD supone un impedimento para proporcionar la información si estamos hablando de una misma organización. Quizás sea un mal procedimiento interno que hace más burocrático de lo necesario la ejecución de una actividad interna.

  2. Holas Javier,
    Era simplemente un ejemplo; más allá de protocolos internos demasiado burócratas (que los hay, por supuesto), pensemos en grupos de trabajo de distintas organizaciones que deben interactuar. Es más, sustituyamos el ejemplo por el de la empresa que organiza una jornada a la que acudirá algún VIP cuya protección por algún motivo recae en nosotros, que tampoco pertenecemos a la empresa que organiza el evento… ¿qué hacemos? :( Si está todo perfecto, y con el tiempo y los papeles necesarios, soluciones siempre hay, pero partimos de que no todo es perfecto, y al final es una responsabilidad tanto cumplir la LOPD como proteger a las personas…
    Saludos (y feliz año :),
    Toni