(Para hoy miércoles, una entrada de uno de nuestros colaboradores habituales, Francisco Benet, elaborada conjuntamente con Manuel Benet)
La suplantación de identidad podría definirse según la RAE como una combinación de suplantar e identidad. Veamos qué dice la RAE al respecto:
(Del lat. supplanta-re).
1. tr. Falsificar un escrito con palabras o cláusulas que alteren el sentido que antes tenía.
2. tr. Ocupar con malas artes el lugar de alguien, defraudándole el derecho, empleo o favor que disfrutaba.
(Del b. lat. identĭtas, -ātis).
1. f. Cualidad de idéntico.
2. f. Conjunto de rasgos propios de un individuo o de una colectividad que los caracterizan frente a los demás.
3. f. Conciencia que una persona tiene de ser ella misma y distinta a las demás.
4. f. Hecho de ser alguien o algo el mismo que se supone o se busca.
5. f. Mat. Igualdad algebraica que se verifica siempre, cualquiera que sea el valor de sus variables.
Podríamos decir que la suplantación de la personalidad sucede cuando ‘alguien’ ocupa mediante malas artes el lugar de otra persona. Y en este aspecto es evidente que la tecnología está siendo una excelente herramienta para tal fin. Aunque en realidad, siendo más puristas, no es tanto la tecnología sino como los medios tecnológicos de conocimiento de los que disponemos hoy en día: las redes sociales. Facebook principalmente por su mayor implantación y tamaño es uno de esos medios tecnológicos de los que muchos disfrutamos sin el pleno conocimiento de toda su capacidad, para bien o para mal. No, no voy a empezar a flagelar la conciencia de todo informático, abogado, criminalista o interesado en el tema; no voy a hacer la habitual lista interminable de acusaciones cual inquisición contra las redes sociales. Únicamente me pregunto, en la línea de este artículo: ¿proporcionan las redes sociales herramientas para protegerse de suplantaciones de personalidad? Es más, ¿hasta qué punto son “caldos de cultivo” para este tipo de delitos? ¿Cómo nos podemos proteger ante tal hecho?
Primero de nada, no voy a poder responder a las cuestiones legales que derivan de los hechos imputables como delito en la usurpación o suplantación de la personalidad. Esa cuestión se la dejo a los especialistas en la materia y a todos aquellos con el conocimiento necesario para pronunciarse. En lugar de eso, imaginen la siguiente situación real:
Usted es propietario de una casa con piscina, en el campo, y que se dispone a disfrutarla en verano. Se dirige hacia ella y cuando llega observa que hay un grupo de personas que están disfrutando de la (su) piscina. Intrigado, piensa que es más prudente no irrumpir y decide actuar de la siguiente manera. Así que se acerca a la casa, llama a la puerta y le abre una persona: ¿Si? El dueño contesta: Preguntaba por el señor X, a lo que le responden que ha salido y que vuelva al día siguiente, ya que para entonces es posible que haya vuelto a casa.
No sé si se hacen una idea a partir del ejemplo. Seré más claro; mañana usted decide abrirse una cuenta en Facebook, Tuenti, MySpace, Twitter, LinkedIn, Xing, o cualquier otra red social que se le ocurra. Pero descubre que alguien se ha tomado la molestia de crear su perfil: fotos, datos personales, curriculum, etc.; quizá su e-mail sea lo único que no es auténtico. Todo eso vaya usted a saber con qué (oscura) intención, porque nadie hace eso por mero aburrimiento. Teniendo en cuenta que las redes sociales disponen de un ámbito de actuación mundial, gestionan volúmenes enormes de información personal, combinan publicidad con un potencial número de clientes ilimitados, todo eso dentro de un marco legislativo internacional más bien difuso o inexistente por muchas presiones de la Comisión Europea que valgan, ¿hasta qué punto están preparadas para hacer frente a este tipo de problemáticas? ¿Hasta qué punto está Internet diseñada para gestionar datos de carácter personal?
Imaginen que usted no decide abrirse dicha cuenta, y nunca se da cuenta de que en Xing hay un perfil profesional con su nombre que está siendo utilizado por otra persona para desprestigiarle, o que en Facebook un perfil con su nombre y fotografía tiene relación con usuarios de tendencias de extrema derecha. ¿Hasta qué punto estamos nosotros preparados para asumir este tipo de situaciones? ¿Estamos preparados para limitar la actuación de las redes sociales? ¿Hasta qué punto somos conscientes de a qué estamos jugando? ¿Es la red social un movimiento que nos empuja a perder la privacidad? ¿Está preparado el Estado de Derecho para hacer frente, realmente, a los problemas de privacidad que va a ofrecer las redes sociales?
Sin perder de vista que al final de la corrida, parece que muchas veces el usuario acaba siendo el menos preocupado por que se regulen y limiten las actividades de estas empresas. Ese resaltado no es una tontería. Lo de “red social” está bien y es muy 2.0, pero “empresa” acaba siendo a menudo más útil para no perder la perspectiva.
Acabo. Ahora combinen lo dicho anteriormente con el hecho cierto de que todo aquello que es digital es indestructible (menos las copias de seguridad cuando uno las necesita) o como una vez me dijo un viejo amigo: Si esta en la red, será eterno. Por tanto, sólo nos queda una cosa: rezar y no tener enemigos. O eso creo.
Hola:
Interesante.
Por si puede ser de vuestro interés, se acaban de publicar -hace sólo unas horas- unas guías para redes sociales en un trabajo conjunto entre INTECO y la UPM:
http://www.inteco.es/Seguridad/Observatorio/manuales_es/guia_ayuda_redes_sociales
Saludos
P.D.: el 3 de marzo hay una cita en Madrid red en este seminario sobre la Ley de Economía Sostenible y el papel de Internet:
http://www.capsdesi.upm.es/mod/forum/discuss.php?d=299
@Jorge,
Apuntamos el enlace para estudiar el documento. Muchas gracias por la referencia.