Siguiendo con la línea de “Problemas LOPD” que comenzó con Palotes de Chiclana, a continuación les presento un caso que hace unas semanas plantearon Edgard y Dani Puente en su blog Eddasec; les advierto que en este caso, a diferencia del anterior, es posible que no exista una solución clara más que la interrupción de la relación comercial. Vamos allá.
Una empresa, llamémosla Piruletas de Motilla del Palancar, tiene una relación mercantil con la página web “Bolsa de trabajo”, cuyo negocio se centra en la gestión de ofertas de empleo a través de Internet; se trata obviamente de un portal de búsqueda de empleo. Ésta informa al candidato de sus derechos en los términos establecidos por la LOPD, y puesto que existe una relación de comunicación/cesión de datos con el ofertante de empleo, “Bolsa de trabajo” recoge el debido consentimiento.
No obstante, Piruletas de Motilla del Palancar está preocupada porque en ningún momento se informa claramente al candidato del destinatario de los datos, en este caso ellos, aspecto que aunque está implícito en la oferta a la cual se inscriben, no se ajusta a los requisitos de la LOPD. A tal efecto, han pensado en incluir una advertencia legal con sus datos (en calidad de responsables “temporales” del tratamiento, mientras valoran la posible adecuación del candidato al puesto ofertado) en el correo de respuesta que automáticamente reciben todos/as los/as candidatos/as que se inscriben a las ofertas, incluyendo por supuesto en éste las direcciones de contacto para el ejercicio de derechos ARCO.
Sin embargo, “Bolsa de trabajo” no permite que se incluya este tipo de información de contacto, y sus condiciones de uso no permiten facilitar datos de contacto a los candidatos, seguramente para mantener su modelo de negocio y otras razones permitir a las empresas mantener el anonimato hasta el final del proceso de selección. No obstante, ¿qué debería hacer “Piruletas” al respecto? ¿Es necesario que informen de su condición de destinatarios de la cesión, o ese aspecto le concierne a la web “Bolsa de trabajo”? ¿Hay alguna solución “intermedia”? ¿Qué opinan ustedes?
Nuestra “solución”, en una próxima entrega.